UNIONES Y FEDERACIONES DE ÁMBITO NACIONAL
Convocatoria Asamblea de Integración Plenario Conacoop 2025-2027
Estimados (as) señores (as):
Reciban un cordial y atento saludo de parte del Consejo Nacional de Cooperativas (CONACOOP).
El suscrito, Alberto Mendoza Espinoza Presidente del Consejo Nacional de Cooperativas –CONACOOP-, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 139 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del INFOCOOP, número 4179 de 22 de agosto de 1968 y sus reformas, y de conformidad con los artículos 17 y 30 del Reglamento para el Funcionamiento del Consejo Nacional de Cooperativas, convoca a las Uniones y Federaciones de ámbito, según verificación realizada por del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo, comunicada con la clasificación oficial de los organismos cooperativos, a la Asamblea Plenaria o Plenario de Integración del Consejo Nacional de Cooperativas que se efectuará, en primera convocatoria a las 10:00 horas de la mañana del día sábado 14 de junio de 2025. en el Delta Hotels by Marriott San José Aurola, calle 5, El Carmen San José, costado norte del Parque Morazán (antes conocido como Holiday Inn), de conformidad con lo siguiente:
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- Primera Convocatoria, a las 10:00 a.m. de día sábado 14 de junio de 2025. Si a la hora señalada para la primera convocatoria no se contare con el quórum mínimo establecido, la Asamblea se llevará a cabo en segunda convocatoria una hora después con la presencia de más de la mitad del total de sus delegados y delegadas conforme lo dispone el artículo 45 del Reglamento para el Funcionamiento del CONACOOP.
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- De conformidad con lo establecido en los incisos f) y g) del artículo 139 de la Ley 4179, se les solicita a todas las Federaciones y Uniones de ámbito nacional, la designación de sus representantes para participar en la Asamblea de Integración que elige los delegados que formarán el Consejo Nacional de Cooperativas. Dicha designación la deberán hacer a más tardar el día martes 03 de junio de 2025, mediante nota dirigida a la Secretaría Ejecutiva del CONACOOP, en las oficinas del CONACOOP, Edificio Cooperativo, 3er. Piso, al costado Norte del Mall San Pedro en San Pedro de Montes de Oca, San José, a partir de esta convocatoria y en horas de oficina de lunes a viernes de 7 de la mañana a 3 y 30 de la tarde jornada continua o digitalmente al correo asambleas@conacoop.coop
Podrán participar en las Asambleas correspondientes, por medio de sus personas delegadas, las Uniones y Federaciones de ámbito nacional que cumplan con los siguientes requisitos:
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- Una certificación vigente de personería jurídica de la Unión o Federación de ámbito nacional de que se trate, emitida por el Registro de Cooperativas del Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, en la que se indique la integración y el vencimiento del Consejo de Administración de cada Unión o Federación. La certificación también puede ser emitida notarialmente. En ambos casos deberán aportarse las especies fiscales de ley. Las certificaciones deberán tener una vigencia de al menos de al menos 30 días calendario y no más de 90 días, anteriores a la realización de la asamblea de integración.
- La designación de la persona delegada propietaria y de la persona delegada suplente, con la transcripción del acuerdo en firme del Consejo de Administración de la Unión o Federación, firmado por la Presidencia y la Secretaría de dicho Consejo, en el que se indique el nombre, apellidos y número de cédula de la persona que representará a la Unión o Federación ante la Asamblea.
- El CONACOOP deberá verificar lo siguiente:
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- Que la Unión o Federación de ámbito nacional, se encuentra al día en sus obligaciones con la Caja Costarricense de Seguro Social.
- Que la Unión o Federación de ámbito nacional, se encuentra al día con el pago de las obligaciones con FODESAF.
A efectos de que el CONACOOP pueda ejercer un control cruzado sobre el pago de las cargas parafiscales de las cooperativas afiliadas a una Unión o Federación, cada Unión o Federación deberá presentar al CONACOOP sus estados financieros a la fecha de su cierre contable, 31 de diciembre, según corresponda.
En caso de que la personería de la Unión o Federación de ámbito nacional de que se trate, se encuentre en trámite de inscripción, deberá presentar certificación registral notarial en la que se haga constar el inicio del trámite inscripción de la personería jurídica ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Dicha certificación deberá contener los requisitos indicados en el inciso 1) del presente artículo.
Notas:
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- Según el artículo 20 de Reglamento de Funcionamiento de CONACOOP-La ausencia de cualquiera de los requisitos impedirá la participación del delegado o delegada tanto de las cooperativas como las uniones y federaciones de carácter nacional en la Asamblea Sectorial respectiva o en la Asamblea de integración según sea el caso. En caso de duda en los documentos de acreditación, se resolverá considerando el criterio de la asesoría legal del Consejo Nacional de Cooperativas Las Uniones o Federaciones de ámbito nacional deberán acreditar ante el CONACOOP, un lugar o medio para recibir notificaciones.
- Las acreditaciones también podrán efectuarlas las uniones y federaciones digitalmente, para lo cual deberán entregar la documentación requerida únicamente al correo asambleas@conacoop.coop
- La verificación oficial de los organismos de segundo grado emitida y comunicada por el INFOCOOP, estará disponible en la página web del CONACOOP, www.conacoop.coop . También estará visible en las oficinas del CONACOOP.
- El día del Plenario de Integración TODA persona delegada deberá presentar su cédula de identidad para su verificación.
- En el proceso de acreditación y revisión de los requisitos para la participación en la Plenario de Integración, el CONACOOP emitirá un documento sobre el estado de acreditación, por lo cual, el organismo de segundo grado es responsable de verificar que su acreditación fue admitida.
- La agenda prevista para el Plenario de Integración es la siguiente:
Designación del delegado o delegada de mayor de edad, según el artículo 30 del Reglamento del Conacoop.
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- Comprobación del quórum, según el artículo 30 del Reglamento del CONACOOP.
- Himnos Nacional y Cooperativo.
- Presentación de procedimientos de elección, según los artículos 32 a 42 del Reglamento del CONACOOP.
- Instalación del Comité de Escrutinio, según el artículo 37 del Reglamento del CONACOOP.
- Postulación de las personas candidatas a miembro del directorio del CONACOOP, según artículo 36 del Reglamento del CONACOOP.
- Elección de las personas candidatas a miembro del Directorio del CONACOOP (Presidencia, Vicepresidencia, Secretaría, Vocalía 1, Vocalía 2 y tres suplentes), según el artículo 32 del Reglamento del CONACOOP.
- Instalación y juramentación del Directorio electo.
- Designación de los representantes del CONACOOP a la Junta Directiva del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo. En su orden: Sector Autogestión; Sector Agrícola Industrial; Demás Cooperativas; y, Representante que se elige libremente de cualquiera de los sectores. Según el artículo 43 del Reglamento del CONACOOP.
- Juramentación de los miembros electos a la Junta Directiva del INFOCOOP a cargo de la Presidencia del Consejo Nacional de Cooperativas.
- Clausura.
- Sin otro particular y en espera de su importante presencia se despide;
ALBERTO MENDOZA ESPINOZA
PRESIDENTE CONSEJO NACIONAL DE COOPERATIVAS.
CONACOOP
UNIONES Y FEDERACIONES
1. UNACOOP R.L. 11.UNCOPAC R.L.
2. URCOZON R.L. 12.UNCARIBE RL
3. FECOOPA R.L. 13.UNCOOPALMA R.L.
4. UNCOOSUR R.L. 14.FECOSER R.L
5. UNIMUJERES R.L. 15.FECOOMAQ R.L.
6. UNCOOPA R.L. 16.UNAGRO R.L.
7. FEDEAC R.L. 17.UNCOOPRO R.L
8. FECOOPSE R.L. 18.UNCOOSTA R.L.
9. UNCOSANTOS R.L. 19.UNACOOTAG R.L.
10.URCOGUA R.L. 20.UNCASER R.L
