Preguntas Frecuentes

¿QUÉ ES EL CONACOOP?

El Consejo Nacional de Cooperativas (CONACOOP), es un ente de naturalieza pública no estatal, órgano rector del movimiento cooperativo costarricense, cuya finalidad responde a la representación y defensa del sector. Consecuentemente es un órgano político, es decir, debe dictar los grandes lineamientos por los que se debe regir el cooperativismo.

 

¿CUÁL ES NUESTRA MISIÓN Y VISIÓN?

MISIÓN: Somos el organismo cúpula por excelencia del movimiento cooperativo costarricense que impulsa el desarrollo cooperativo a través de representación, la gestión política, social y económica, con un recurso humano calificado y comprometido.

VISIÓN: Ser el organismo público no estatal de representación y defensa del movimiento cooperativo costarricense y sus principios y valores.

¿QUIENES SOMOS?

El CONACOOP, es un organismo de delegados del sector cooperativo a nivel nacional, el cuál está integrado por los siguientes sectores:

  • Agrícola industrial
  • Autogestión
  • Demás sectores
  • Así también como los organismos de segundo grado de índole nacional (uniones y federaciones).
¿CÓMO SE ELIGEN LOS DELEGADOS DEL SECTOR COOPERATIVO?

Por medio de las asambleas de personas delegadas de las cooperativas, convocadas para elegir a las personas representantes que formarán el consejo nacional de cooperativas.

De conformidad con lo establecido por el inciso e) del artículo 139 de la ley n°4179, las asambleas sectoriales o de personas delegadas se convocan con el exclusivo propósito de elegir, cada una, diez personas representantes propietarias y tres suplentes, que formarán parte del plenario del consejo nacional de cooperativas; deberán celebrarse cada dos años.

Podrán participar en la asamblea correspondiente por medio de sus delegados o delegadas, únicamente las cooperativas que hayan sido oficialmente clasificadas por el instituto nacional de cooperativo (infocoop), según se dispone en el inciso b) del artículo 139 de la ley.

La presidencia del conacoop convocará, directamente a cada unión o federación de ámbito nacional a la asamblea plenaria  de integración del conacoop, para lo cual les solicitará la designación de sus representantes ante el plenario del conacoop, todo de conformidad con lo que dispone el inciso f) del artículo 139 de la ley. 

¿CUAL ES EL MARCO LEGAL DEL CONACOOP?
  • Ley de asociaciones cooperativas (ley n. 4179 del 22 de agosto de 1968)  y creación del infocoop y otras normas conexas. 
  • Reglamento del conacoop
  • Acuerdos de plenario
¿CÓMO SE FINANCIA EL CONACOOP?

Nos financiamos hasta con un 2% de los excedentes líquidos de las cooperativas al cierre de cada ejercicio económico y con los recursos que se puedan adquirir por diferentes vías. el 1% de las cooperativas que formen parte de una unión o federación.

Además con el 1.5% de los recursos del INFOCOOP que por ley que este debería trasladar.

¿CUÁL ES LA PRESENCIA INSTITUCIONAL DEL CONACOOP?

El CONACOOP cuenta con presencia en diferentes juntas directivas del gobierno, lo cual le permite realizar negociaciones en temas vitales para las cooperativas del sector.

Nuestras participaciones son:

  1. INFOCOOP: 4 de los 7 directivos.
  2. Instituto Nacional de Aprendizaje “INA”
  3. Caja Costarricense del Seguro Social “C.C.S.S”
  4. Consejo Nacional de Producción “CNP”
  5. Programa Integral de Mercadeo Agropecuario “PIMA”
  6. Servicio Nacional de Riego y Avenamiento “SENARA”
  7. Consejo Nacional  de Concesiones
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